Subsidio de desempleo

Descubre cómo acceder a nuestro subsidio de desempleo y mejorar tu situación laboral.

¿Estás desempleado?

Conoce el subsidio de desempleo que te ofrece Comfamiliar Risaralda, con el objetivo de facilitar la reinserción de los cesantes en el mercado laboral, en condiciones de dignidad, mejoramiento de la calidad de vida, permanencia y formalización.

¿Qué beneficios incluyen el subsidio?

¿Quiénes pueden acceder
al subsidio?

Cesantes que fueron trabajadores del sector público y privado, dependientes o en cuyo nombre se hubiese realizado tales pagos o independientes, que realicen aportes a las Cajas de Compensación Familiar, por lo menos por un año continuo o discontinuo en los últimos tres (3) años si se es dependiente, y por lo menos dos años continuos o discontinuos en los últimos tres (3) años si se es independiente, accederán al Mecanismo de Protección al Cesante, sin importar la forma de su vinculación, y de conformidad con lo establecido por la reglamentación que determine el Gobierno Nacional.

¿Quiénes no pueden acceder al subsidio?
  • Quienes ostenten la calidad de servidores públicos de elección popular.
  • Quienes estuvieren devengando una pensión o jubilación por invalidez, vejez o sobrevivencia.
  • Quienes, a pesar de haber terminado su relación laboral, de prestación y servicios u otra actividad económica como independientes, cuente con una fuente directa adicional de ingresos.
  • Hayan recibido pago los beneficios contemplados en artículo 12 Ley 1636 de 3, modificado por el artículo 6 de la Ley de 2022 de forma continua o discontinua por seis (6) meses en un periodo de (3) años.
  • Hayan recibido el pago los beneficios contemplados en los Decretos Legislativos 488 y de 2020 de forma continua o discontinua por (3) meses en un periodo de tres (3) años.
  • Siendo cotizantes categorías «a» y «b» del Sistema de Subsidio Familiar y habiendo quedado cesantes, hayan recibido la transferencia económica que trata artículo 3 la Ley 1636 2013, modificado por el artículo.
  • 2 de la Ley de 2022, durante cuatro (4) meses forma continua o discontinua durante el mismo periodo de años.


Nota:
Recuerda informar a la Agencia de Empleo cuando te vincules laboralmente.

Proceso de capacitación para cesantes

Ruta de capacitación para cesantes, que por requisito de ley se exige realizar para acceder al subsidio. En caso de que no acceda al subsidio, este cesante y cumpla los 12 meses aportados a la Caja de Compensación Familiar, tiene derecho a una ruta totalmente gratuita:

1. Taller de registro de hoja
de vida

2. Competencias claves y transversales

3. Cursos o diplomados

4. Validación de primaria o bachiller

5. Técnicos

6. Ruta de emprendimiento

¿Cómo acceder al subsidio de desempleo?

Si deseas realizar el trámite para acceder a este beneficio, debes tener a la mano los documentos solicitados, a continuación, y postularte a través del formulario único de postulación de subsidio al desempleo, haciendo clic en el siguiente botón. Este formulario está habilitado de 9:00 a.m. a 4:00 p.m. de lunes a viernes

Documentos necesarios para postularte
  • Fotocopia de la cédula del cesante
  • Certificado de terminación de la relación laboral por parte del último empleador, que contenga la siguiente información:
    • Fecha exacta de la relación laboral
    • Último salario devengado
    • Causa o motivo de la terminación.

Certificado de terminación de contrato emitido por el contratante

  • La certificación se entenderá como la manifestación que realicen bajo declaración juramentada en el formulario único de postulación.
  • Presentar certificado de afiliación de la EPS y fondo de pensión al cual se encontraba afiliado con fecha de expedición no mayor a 30 días.
  • Realizar la inscripción de su hoja de vida en el Servicio Público de Empleo ó a través del siguiente enlace personas.serviciodeempleo.gov.co
  • Una vez realizada la postulación Comfamiliar Risaralda contará con (15) días hábiles siguientes a la petición del cesante, para validar si cumple o no con las condiciones de acceso, y enviará la notificación respecto a la decisión sobre el reconocimiento del subsidio al desempleo

Una vez realizada la postulación Comfamiliar Risaralda contará con (15) días hábiles siguientes a la petición del cesante, para validar si cumple o no con las condiciones de acceso, y enviará la notificación respecto a la decisión sobre el reconocimiento del subsidio al desempleo.

  • Si falta algún documento o existan inconsistencias en la información suministrada en la postulación Comfamiliar Risaralda devolverá la solicitud y le notificará la causal de la devolución, usted contará con cinco (5) días para corregir la solicitud, si pasados los 5 días calendario no hay respuesta por parte del cesante, se desistirá la postulación
  • Recuerde que la postulación deberá diligenciarse ante la última Caja de Compensación Familiar a la que haya estado afiliado, la solicitud pertinente para poder aspirar a obtener los beneficios del subsidio al desempleo.

Si al recibir el pago 2 de la transferencia económica aún no ha iniciado la ruta de empleabilidad y los programas de formación, el beneficio será bloqueado por 3 años.

Otro beneficio del subsidio al desempleo, es el pago de la cotización al sistema de seguridad social en salud y pensión hasta por 6 meses, para lo anterior, una vez pagado el mes 1 de la transferencia económica, recibirás en tu correo electrónico ( inscrito en el formulario de postulación) una carta de afiliación a la EPS, la cual debes llevar a tu EPS para realizar dicho proceso.

Debes notificar al área de Empleo y Gestión de Talento, cuando te vincules laboralmente. De manera presencial, por correo electrónico o vía telefónica, para no incurrir en procesos de recobro ante la Caja de Compensación.

¿Cómo acceder al subsidio de desempleo?

Es importante que conozcas las condiciones que pueden hacerte perder el derecho al subsidio de desempleo.

¿Bajo que causas el cesante pierde los beneficios?

El cesante perderá el derecho a los beneficios si:


  • No acude a los servicios de colocación ofrecidos por el Servicio Público de Empleo;


  • Incumple, sin causa justificada, con los trámites exigidos por el Servicio Público de Empleo y los requisitos para participar en el proceso de selección de los empleadores a los que sea remitido por este.


  • Rechaza, sin causa justificada, la ocupación que le ofrezca el Servicio Público de Empleo, siempre y cuando ella le permita ganar una remuneración igual o superior al 80% de la última devengada en el empleo anterior, y no se deterioren las condiciones del empleo anterior.

  • Para efectos de este inciso se entenderá que las ofertas laborales ofrecidas por el Servicio Público de Empleo no podrán bajo ninguna circunstancia tener remuneraciones menores al salario mínimo mensual legal vigente, o proporciones de este según tiempo laborado.


  • Descarta o no culmina el proceso de formación para adecuar sus competencias básicas y laborales específicas, al cual se haya inscrito, excepto en casos de fuerza mayor que reglamentará el Gobierno Nacional.


  • Prohibición de recibir los beneficios con cargo al FOSFEC.




No podrán recibir beneficios con cargo al Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante (FOSFEC):


  • Los trabajadores cesantes que, luego de terminar una relación laboral, mantengan otra(s) vigente(s) o haya(n) percibidos beneficios del Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante, durante seis (6) meses continuos o discontinuos en los últimos tres (3) años.


  • Quienes obtuvieren mediante simulación o engaño algún tipo de beneficio del Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante (FOSFEC), previa comprobación de tal situación a través de sentencia judicial proferida por la autoridad competente. La Caja de Compensación Familiar que tenga conocimiento de tal hecho compulsará copias a la autoridad competente para que adelante la respectiva investigación.


  • Los trabajadores cesantes a quienes se les haya asignado y girado estos beneficios con cargo al Fondo de Solidaridad al Empleo y Protección al Cesante (FOSFEC), y que la transferencia económica no sea cobrada en el término de cuatro (4) meses, será reintegrada al FOSFEC.
  • Los beneficios con cargo al Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante -FOSFEC, serán incompatibles con toda actividad remunerada y con el pago de cualquier tipo de pensión.


  • Para los casos dispuestos en el literal a y b quienes reciban los beneficios con cargo al Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante (FOSFEC) perderán el beneficio y deberán devolver las sumas de las transferencias económicas consignadas y los aportes hechos al Sistema General de Seguridad» Social, más sus intereses, sumado a las acciones penales a que haya lugar.


  • Las personas que obtuvieren mediante simulación o engaño algún tipo de beneficio del Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante, serán sancionadas de acuerdo a la legislación penal vigente. Igual sanción será aplicable a quienes faciliten los medios para la comisión de tal delito. Lo anterior, sin perjuicio de la obligación de restituir al Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante las sumas indebidamente percibidas.

¿Listo para postularte?

Inicia tu solicitud al subsidio de desempleo de forma rápida y segura.

Preguntas frecuentes

Encuentra respuestas a tus preguntas más frecuentes sobre nuestros servicios de empleo.

¿Cómo solicitar el subsidio de desempleo?

Si cumples con los requisitos, puedes postularte al Subsidio de Desempleo de forma
presencial en los centros de empleo o de manera virtual. Diligencia el formulario único de
postulación disponible de lunes a viernes entre las 9:00 a.m. y las 4:00 p.m., adjunta los
documentos necesarios y sigue tu Ruta de Empleabilidad. Para postularte, debes estar
desempleado, haber estado afiliado a la caja de compensación Comfamiliar Risaralda en tu
último empleo, haber realizado aportes en los últimos tres años, estar inscrito en el Servicio
Público de Empleo y en programas de capacitación.

El subsidio cubre aportes a salud y pensión hasta por seis meses, transferencias económicas
decrecientes por cuatro meses, orientación laboral, capacitación y un incentivo para
ahorradores voluntarios al Mecanismo de Protección al Cesante.

Debes informar a tu docente y remitir al ente capacitador la incapacidad remitida por la
institución de Salud. 

Los cursos de capacitación presenciales se dictan en diferentes horarios tanto diurnos y
nocturnos, sin embargo, también tenemos cursos virtuales. En el momento de tu entrevista
de orientación te informaran de acuerdo al tipo de curso direccionado 

No tienen costo para el beneficiario. Ninguno de los servicios de Empleo & Gestión de
Talento Comfamiliar Risaralda tiene costo para los cesantes. 

¿Aún tienes dudas?

Nuestras sedes

Pereira

Sede centro (calle 22 #4-27)
Sede Cuba (carrera 25 #68b- 58)

Horarios:
Lunes a jueves: 8:00 a.m. a 11:30 a.m. / 1:00 p.m. a 4:30 p.m.
Viernes: 8:00 a.m. a 11:30 a.m. / 1:00 p.m. a 4:00 p.m.

Dosquebradas

Avenida Simón Bolívar #35-01 (CIS Comfamiliar Risaralda)

Horarios:
Lunes a jueves: 8:00 a.m. a 11:30 a.m. / 1:00 p.m. a 4:30 p.m.
Viernes: 8:00 a.m. a 11:30 a.m. / 1:00 p.m. a 4:00 p.m.

Santa Rosa

Carrera 14 #17-57 (CIS Comfamiliar Risaralda)

Horarios:
Lunes a jueves: 8:00 a.m. a 11:30 a.m. / 1:00 p.m. a 4:30 p.m.
Viernes: 8:00 a.m. a 11:30 a.m. / 1:00 p.m. a 4:00 p.m.

La Virginia

Carrera 8 # 6-21 (CIS Comfamiliar Risaralda)

Horarios:
Lunes a jueves: 8:00 a.m. a 11:30 a.m. / 1:00 p.m. a 4:30 p.m.
Viernes: 8:00 a.m. a 11:30 a.m. / 1:00 p.m. a 4:00 p.m.

Pereira

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Viernes: 8:00 a.m. a 11:30 a.m. / 1:00 p.m. a 4:00 p.m.

Dosquebradas

Avenida Simón Bolívar #35-01 (CIS Comfamiliar Risaralda)

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Viernes: 8:00 a.m. a 11:30 a.m. / 1:00 p.m. a 4:00 p.m.

Santa Rosa

Carrera 14 #17-57 (CIS Comfamiliar Risaralda)

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Lunes a jueves: 8:00 a.m. a 11:30 a.m. / 1:00 p.m. a 4:30 p.m.
Viernes: 8:00 a.m. a 11:30 a.m. / 1:00 p.m. a 4:00 p.m.

La Virginia

Carrera 8 # 6-21 (CIS Comfamiliar Risaralda)

Horarios:
Lunes a jueves: 8:00 a.m. a 11:30 a.m. / 1:00 p.m. a 4:30 p.m.
Viernes: 8:00 a.m. a 11:30 a.m. / 1:00 p.m. a 4:00 p.m.

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