No dejes perder tu subsidio familiar

Ingresa y conoce si está próximo a prescribir.

Un hombre vestido con una camisa vaquera azul claro sobre una camiseta blanca sonríe mientras mira su smartphone, resaltado por un gráfico semicircular azul, mientras consulta las últimas actualizaciones de aportes y subsidios sobre un fondo claro.

Tipos de afiliación

Una mujer con traje de negocios está sentada en una mesa de oficina, sonriente, con papeles y un bolígrafo delante de ella, revisando documentos de subvenciones y Aportes pegados en las paredes divisorias del cubículo.

Afiliación Dependientes

Para trabajadores vinculados a una empresa que desean afiliarse a través de su empleador y brindar beneficios a su grupo familiar.

Una persona con el pelo rizado está sentada en la mesa de una acogedora cafetería, trabajando en un portátil -buscando aportes y subvenciones- con una taza de café a su lado. El fondo presenta una iluminación cálida y obras de arte enmarcadas en la pared.

Afiliación Independientes

Dirigida a trabajadores por cuenta propia que desean afiliarse directamente y acceder a los programas y servicios de Comfamiliar.

Una pareja mayor se sienta a la mesa, revisando juntos documentos sobre aportes y subsidios. El hombre señala los papeles mientras la mujer los sostiene, ambos parecen concentrados y contentos. La foto está enmarcada por un borde redondeado de color morado.

Afiliación de Pensionados

Para personas que reciben pensión y quieren seguir afiliadas para conservar sus beneficios y seguir disfrutando de nuestros servicios.

Una mujer con el pelo largo y rizado sonríe mientras utiliza un ordenador portátil en una mesa de madera, posiblemente revisando aportes o subvenciones. Detrás de ella hay una ventana que muestra una vista nocturna y un colorido mural. La imagen tiene un borde amarillo brillante con esquinas redondeadas.

Afiliación Colombianos en el Exterior

Permite a colombianos residentes fuera del país mantener su afiliación y proteger a sus familias en Colombia.

Actualidad

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Preguntas frecuentes

¿Cómo sé si estoy afiliado / afiliada?-¿Cómo solicitar el certificado de afiliación?

Puedes solicitar la constancia de afiliación de la Caja de Compensación a través de nuestro Chat Bot 3172449933.

Por medio de nuestra línea telefónica 3135700 opción 2.

También puedes solicitarlo a través del correo aportes@comfamiliar.com, o ingresando a transacciones.comfamiliar.com por «subsidio familiar» seleccionas la opción «constancia de afiliación» (debes contar con usuario y contraseña).

Finalmente podrás solicitarlo de manera presencial en cualquiera de nuestras sedes de Aportes y Subsidio. La información sobre ubicación de las sedes así como cada uno de sus horarios podrán ser consultados por el siguiente enlace web: https://comfamiliar.com/atencion-al-usuario/servicios-y-canales-de-atencion/

La categoría para subsidio familiar, se evalúa según tu salario:

  • Categoría A (de 1 a 2 SMMLV)
  • Categoría B (de 2 a 4 SMMLV)
  • Categoría C (de 4 SMMLV en adelante)
  • Categoría D (personas no afiliadas a la Caja)

Para acceder a los servicios de la caja de compensación, la categoría de afiliación se determina según el UVT (Unidad de Valor Tributario) del año en curso. Para el año 2026, la clasificación es la siguiente:

 

CATEGORÍA

UVT

VALOR

A

Desde 0 a 52.63

Desde 0 a $2.756.444

B

Desde 52.64 a 105.25

Desde $2756.445. a $5.512.364

C

Más de 105.25

Desde $5.512.365

D

Particular (Personas no afiliadas a la Caja de Compensación).

 

Lo anterior, teniendo en cuenta el Decreto 2642 de 2022 del Ministerio de Trabajo el cual establece las categorías tarifarias para los servicios sociales de las cajas de compensación familiar.

Los trabajadores afiliados a la Caja de Compensación que devenguen ingresos inferiores a cuatro (4) salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) que tengan como beneficiarios hijos menores de 18 años, hermanos huérfanos de padre y madre, hijastros y padres mayores de 60 años, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos en la normativa vigente para su trámite de afiliación. 

*Aplican condiciones.

La afiliación como trabajador independiente a nuestra caja de compensación se puede realizar por el siguiente formulario en línea: https://forms.zohopublic.com/Empresarial/form/usuarioindependiente/formperma/WFYu-3T7QIBKlL_IXynHXA6ZSD385jOgdCkalSXdsuE, previo cumplimiento de los requisitos los cuales se pueden consultar en el siguiente enlace web: https://comfamiliar.com/wp-content/uploads/2025/10/AFILIACION-INDEPENDIENTES_compressed.pdf

El trámite también se podrá realizar por medio de nuestros asesores comerciales del proceso de Crece Empresarial: https://comfamiliar.com/empresas/crece-empresarial/afiliacion-independientes/

Te informamos que, como trabajador independiente puedes realizar aportes del 0.6% o del 2.0%. Los beneficios a los que puedes acceder en nuestros diferentes servicios variarán según el porcentaje de tu aporte. Para resolver ésta y otras inquietudes puedes acceder al siguiente enlace web: https://comfamiliar.com/empresas/crece-empresarial/afiliacion-independientes/
 
Recuerda que los trabajadores independientes no tienen derecho a subsidio familiar, ni kit escolar.

El sistema de subsidio familiar cuenta con 4 categorías:

Categoría A, B y C, adicionalmente se encuentran los particulares o Categoría D que son quienes no se encuentran afiliados a la Caja de Compensación. Para conocer más detalles te invitamos a acceder al siguiente enlace web: https://comfamiliar.com/faqs/como-se-que-categoria-soy/

Para resolver ésta y otras inquietudes sobre la entrega del kit escolar te invitamos a ingresar al siguiente enlace web: https://risaralda.comfamiliar.com/kit-escolar

Para resolver ésta y otras inquietudes sobre la entrega del kit escolar te invitamos a ingresar al siguiente enlace web: https://risaralda.comfamiliar.com/kit-escolar

Dependiendo de la edad del beneficiario se incluyen artículos que cumplan con los requisitos del Ministerio de Educación:

Jardín: Artículos para la estimulación temprana como plastilina, lana, témperas, libro para colorear, entre otros.

Primaria: Cuadernos, block, colores, lápices, vinilos, entre otros.

Bachillerato: Cuadernos, tabla periódica, juego geométrico, entre otros.

Universidad: Cuadernos argollados 5 materias, bolígrafo, cartuchera, entre otros.

Para resolver ésta y otras inquietudes sobre la entrega del kit escolar te invitamos a ingresar al siguiente enlace web: https://risaralda.comfamiliar.com/kit-escolar

Se entrega un kit por persona a cargo, que cumpla con la edad definida entre 3 y 18 años de edad. La entrega se hace a la persona que regularmente recibe el Subsidio Familiar por dicho beneficiario.

Es un paquete de útiles e implementos escolares que, Comfamiliar entrega anualmente durante el inicio de la temporada escolar. Tendrán derecho al Kit Escolar quienes hayan recibido Subsidio Familiar del mes de septiembre, octubre o noviembre.

Cónyuge, hijos de 0 hasta los 22 años y 364 días, hermanos huérfanos de padre y madre, hijastros, dependientes por custodia, padre o madre del trabajador mayores de 60 años, siempre y cuando no reciban renta o pensión alguna, dependan económicamente del trabajador y que no estén afiliados a otra Caja de Compensación del país.

Para mayor información y conocer la documentación requerida para afiliación de personas a cargo según parentesco con el trabajador puede ingresar al siguiente enlace web: https://comfamiliar.com/wp-content/uploads/2025/09/REQUISITOS-DE-AFILIACION-TRABAJADOR-DEPENDIENTE-COMFAMILIAR-RISARALDA-2023-1-comprimido.pdf

Se podrá realizar por medio de la empresa por la cual se encuentre vinculado con toda la documentación requerida según sea el caso. La empresa posteriormente por medio del Portal Web Empresarial realizará la solicitud de afiliación de sus personas a cargo.

También podrá realizar su solicitud de afiliación de manera física en cualquiera de nuestras sedes de Aportes y Subsidio, presentando la documentación requerida según sea el caso. Es importante mencionar que si va a realizar cambio de empresa deberá contar con pago de aportes por su actual empresa, en caso contrario el formulario de afiliación deberá tener firma/sello de la misma. El formulario de afiliación podrá obtenerlo directamente en nuestras sedes.

Por último, la afiliación de personas a cargo también se podrá realizar por medio del siguiente formulario en línea https://forms.zohopublic.com/Empresarial/form/FormularioAfiliacinTrabajadoresyPersonasaCargo/formperma/fz8yJYc7OWunp7SZmyBcKfdW0q9jxzQXA4I6p7Ot1c4?utm_source=chatgpt.com adjuntando documentación requerida según sea el caso. Es importante mencionar que, por este medio solo se admiten afiliaciones de personas a cargo de trabajadores ya afiliados y no, afiliaciones de trabajadores nuevos o por cambio de empresa sin pago de aportes por parte de la misma.

Sí la afiliación se realiza por medio de la empresa por la cual se encuentra vinculado el trabajador, la Caja de Compensación dispone de 3 días hábiles para brindar respuesta a la empresa por medio del Portal Web Empresarial sobre el resultado del trámite de afiliación.

Sí la afiliación se realiza por medio del formulario de afiliación en línea, la Caja de Compensación tiene el mismo tiempo de respuesta mencionada anteriormente y se brindará respuesta por medio del correo electrónico registrado en el formulario de afiliación.

Sí la afiliación es exitosa, a partir del momento de respuesta de la Caja de Compensación la persona a cargo queda activa para los servicios, teniendo en cuenta que se conserva como fecha de afiliación, la fecha en la cual se radicó el trámite.

Por último, si la afiliación se realiza de manera presencial y es exitosa, los beneficiarios quedan activos de manera inmediata para acceder a los servicios de la Caja de Compensación. Es importante mencionar que para el caso de beneficiarios hijastros, padre y/o madre del trabajador, hermanos huérfanos de padre y madre o beneficiarios dependientes por custodia se les deberá realizar un estudio por parte de nuestros asesores y Asistencia Jurídica (si aplica), en el cual se evalúa cada uno de los casos y determinar si la afiliación es finalmente exitosa o si por el contrario se rechaza y se indican el motivo.

La categoría de las personas a cargo es la misma del trabajador a través del cual están afiliados.

Es importante mencionar que, actualmente se cuentan con dos categorías. La categoría para subsidio familiar y la categoría tarifaria para los servicios sociales.

La categoría para subsidio familiar, determina el derecho o no al pago del mismo, teniendo en cuenta la normatividad vigente, a lo cual el trabajador no puede superar el tope de los 4 SMMLV, por lo tanto, la categoría para subsidio familiar está determinada por el salario mínimo legal mensual vigente.

La categoría tarifaria es la que establece el cobro de tarifas para acceder a los servicios sociales que presta la Caja de Compensación. Según Decreto 2642 de 2022, de acuerdo a lo descrito en el Artículo 2.2.7.4.1.1 del Ministerio de Trabajo en el cual se estableció que el cobro de tarifas en las Cajas de Compensación se debe hacer en UVT.

Se establecen las siguientes categorías tarifarias con base en el nivel salarial para el año 2025 de la siguiente manera:

CATEGORÍA

UVT

VALOR

A

Desde 0 a 52.63

Desde 0 a $2.756.444

B

Desde 52.64 a 105.25

Desde $2.756.445. a $5.512.364

C

Más de 105.25

Desde $5.512.365

D

Particular (Personas no afiliadas a la Caja de Compensación).

Se puede hacer en cualquier día hábil del mes. Teniendo en cuenta que el cierre de novedades es el 10 de cada mes. Cuando es un día no hábil se corre hasta el siguiente día hábil.

Se deberá presentar el documento de identidad original del usuario en el servicio de la caja de compensación al cual se quiere acceder.

No. La tarjeta Comfamiliar estuvo vigente hasta agosto de 2022, por lo cual ya no se encuentra vigente ni para cobro del subsidio familiar, ni para acceder a los servicios que presta la Caja de Compensación.

El cobro del subsidio familiar actualmente se realiza por Davigiros (Efecty) o Daviplata y para acceder a los servicios de la caja de compensación se deberá presentar el documento de identidad original del usuario que hará uso del mismo.

El Subsidio Familiar es una prestación social pagadera en dinero, especie y servicios a los trabajadores de medianos y menores ingresos en proporción al número de personas a cargo. Su objetivo fundamental consiste en el alivio de las cargas económicas, que representan el sostenimiento de la familia como núcleo básico de la sociedad.

Subsidio Familiar – (Cuota Monetaria): para la vigencia 2025 equivale a $66.700 por cada persona a cargo que tenga el trabajador afiliado y que tenga derecho. Si el beneficiario se encuentra en condición de discapacidad el valor es de $133.400

Subsidio Familiar (Cuota Monetaria) del sector Agropecuario: para la vigencia 2025 equivale a $76.700 por cada persona a cargo que tenga el trabajador afiliado y que tenga derecho. Si el beneficiario se encuentra en condición de discapacidad el valor es de $153.400

La información también puede ser consultada en el siguiente enlace web: https://comfamiliar.com/aportes-y-subsidios/subsidios/

Para el caso de los hijos, se pagará al cónyuge a cuyo cargo esté la guarda y sostenimiento de los hijos. Si la guarda estuviere a cargo de ambos, se preferirá a la madre (Artículo 26, Ley 21 de 1982). 

En caso contrario, sí se cuenta con la custodia expedida directamente por un ente competente, deberá presentarse con dicho documento en nuestra sede principal de Aportes y Subsidio, ubicada en la Calle 22 # 4-40, Bloque 5, Piso 1, Centro de Pereira, con el fin de realizar las validaciones correspondientes.

Si el subsidio familiar es por los padres del trabajador(a), se le consignará a cada uno de los padres beneficiarios.

Ser trabajador dependiente afiliado a la caja de compensación Comfamiliar Risaralda.

La empresa por la cual se encuentre afiliado el trabajador debe estar al día respecto al pago de sus aportes.

Tener afiliado a un beneficiario que genere derecho al pago del subsidio familiar (madre, padre, hijos, hijastros, hermanos huérfanos de padres, dependiente por custodia) previo cumplimiento de los requisitos de Ley.

Hasta por 3 años. Posterior a este lapso de tiempo se empezará a realizar progresivamente mes a mes el descuento del valor de una cuota del subsidio familiar.

Consulta la fecha límite para hacer uso de tu subsidio y evita perder este beneficio por el siguiente enlace web: https://comfamiliar.com/aportes-y-subsidios/vencimiento-de-subsidio/

Cuando los padres, los hermanos huérfanos de padres, los hijos, los hijastros o los dependientes por custodia acrediten la discapacidad debidamente certificada mediante el Registro para la Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad – RLCPD, sin limitación en razón de su edad. Para realizar la respectiva gestión se deberá presentar el Certificado de Discapacidad en nuestra sede principal de Aportes y Subsidio  ubicada en la Calle 22 # 4-40 Bloque 5, Piso 1 o enviarlo al correo electrónico aportes@comfamiliar.com legible y completo.

Davigiros (Efecty) o Daviplata.

Nota. El subsidio familiar no se consigna a cuentas bancarias personales (corrientes o ahorros), ni a otras billeteras digitales como Nequi. Solo los medios de pago anteriormente mencionados.

Davigiros es uno de los métodos de pago del subsidio familiar que tiene Comfamiliar Risaralda, consta de un giro directo al titular del subsidio familiar por medio de la entidad Efecty.

La persona titular del subsidio familiar deberá acercarse a un punto Efecty con su documento de identidad físico y original e indicar que va a retirar el subsidio familiar de Comfamiliar Risaralda. No requiere número de convenio, ni PIN para su retiro.

Es importante mencionar que, en el punto Efecty entregarán la totalidad del saldo a favor que tenga el usuario. Por lo cual, no se pueden realizar retiros parciales.

Nota. Se debe de tener en cuenta que, por políticas de seguridad de Davigiros en los puntos Efecty el saldo del subsidio familiar es inhabilitado en los últimos cinco días del mes y en los primeros cinco días del mes siguiente.

Daviplata no requiere tener una cuenta en Davivienda, solo se necesita hacer el registro a través de la aplicación y solicitar a Comfamiliar Risaralda, el cambio en el método de pago enviando certificado de Daviplata del titular del subsidio familiar (no certificado tributario) al correo electrónico aportes@comfamiliar.com o presentándose en cualquiera de nuestras sedes de Aportes y Subsidio.

El subsidio Familiar consignado en Daviplata lo puede retirar en cualquier cajero del banco Davivienda a nivel nacional. Solo debe seguir los pasos para programar el retiro desde su celular. También puede ser usado en compras o reclamando el dinero en efectivo en cualquiera de los corresponsales bancarios que puede consultar en la página web www.daviplata.com enlace Puntos Daviplata. Desde su celular también puede trasladar dinero a otro celular Daviplata u otras entidades, así como pagar servicios públicos, privados y realizar recargas a celulares, entre otros.

Para recibir la cuota monetaria, el trabajador debe laborar al menos 12 días en el mes, teniendo en cuenta que la empresa debe de estar al día con el pago de los aportes y cumplir con todos los requisitos de afiliación establecidos de Ley.

Los motivos pueden ser distintos para cada caso, puede ser que sus beneficiarios aún no se encuentren afiliados a la caja de compensación, novedades respecto al pago de sus aportes, la no presentación del certificado escolar en los tiempos establecidos si su beneficiario ya tiene 12 años cumplidos, entre otros.

Es por ello que, amablemente, lo invitamos a contactarse con nuestro proceso de Aportes y Subsidio a la línea telefónica 3135700 opción 2, al correo electrónico aportes@comfamiliar.com, al chatbot 3172449933 o de manera presencial en cualquiera de nuestras sedes de Aportes y Subsidio donde nuestros asesores estarán prestos a validar el caso y resolver todas sus inquietudes.

Si el medio de pago del subsidio familiar es por Daviplata, ingresando directamente a la aplicación se podrán visualizar los movimientos y el saldo actual.

Si el método de pago es por medio de Davigiros (Efecty) la consulta se podrá realizar por medio del siguiente enlace web: https://consultasaldosubsidio.comfamiliar.com/ digitando el número de documento de la persona titular del subsidio familiar llegará vía mensaje de texto el saldo actual. Por ello es importante tener los datos de la persona titular del subsidio familiar actualizados ante la caja de compensación. 

En caso de que no tenga registrado número de celular o no corresponda al que tiene actualmente, la persona titular del subsidio familiar deberá actualizar sus datos por medio de la línea telefónica 3135700 opción 2, de manera presencial en cualquiera de nuestras sedes de Aportes y Subsidio o por medio del chatbot 3172449933.

Por cualquiera de los medios elegidos, se realizarán preguntas de seguridad con el fin de validar la identidad de la persona titular del subsidio familiar, en caso de realizarse de manera presencial se solicitará su documento de identidad.

Si no le llega el mensaje de texto puede que tenga los datos desactualizados como el número de celular o para dicho periodo no cumplió con los requisitos para la asignación del subsidio familiar.

Recuerde revisar el spam de la mensajería de texto, allí también pueden almacenarse los SMS enviados por la Caja de Compensación.

Por medio de nuestros canales de atención, línea telefónica 3135700 opción 2, al correo electrónico aportes@comfamiliar.com, chatbot 3172449933 o de manera presencial en cualquiera de nuestras sedes de Aportes y Subsidio donde nuestros asesores estarán prestos a validar el caso y resolver todas sus inquietudes.

Para cambio de titular del subsidio familiar solo se podrá autorizar como tercero para cobro del mismo, al trabajador que tiene afiliado a los beneficiarios.

Para el caso de padre/madre del trabajador sólo podrán autorizar al trabajador que los tiene afiliados, y como caso excepcional solo se autoriza el cambio a otra persona distinta al trabajador si y sólo si, la persona autorizada corresponde al otro padre y/o madre del trabajador el cual debe estar debidamente afiliado como beneficiario del trabajador.

Para realizar cambio de titular para cobro del subsidio familiar se requiere que la persona titular del subsidio familiar realice una carta en la cual relacione sus datos, datos de la persona que autoriza, motivo por el cual autoriza a un tercero a cobrar el subsidio familiar y número de contacto del titular del subsidio familiar. La carta debe estar debidamente firmada.

A la carta se debe anexar copia del documento de identidad del titular del subsidio familiar y copia del documento de identidad de la persona autorizada. Los documentos se pueden presentar en nuestra sede principal de Aportes y Subsidio, ubicada en la calle 22 #4-40, bloque 5, piso 1. En el horario de lunes a jueves de 8:00 am a 4:30 pm jornada continua y los viernes de 8:00 am a 4:00 pm jornada continua, en días hábiles para realizar el estudio del caso y validar si es procedente el cambio de titular para el cobro del subsidio familiar. Éstos documentos también pueden ser enviados al correo electrónico aportes@comfamiliar.com 

Nota. En caso de que la persona titular del subsidio se encuentre en el exterior, a los documentos anteriormente mencionados se debe anexar soporte del pasaporte donde se evidencie sello de salida del territorio colombiano.

Por regla general no, a excepción de los siguientes casos:

  • En los procesos por alimentos instaurados a favor de las personas a cargo.
  • Procesos ejecutivos que instauren el Fondo Nacional de Ahorro y Cajas de Compensación Familiar, por incumplimiento de obligaciones originadas en la asignación de vivienda.

Para mayor información debe comunicarse con el proceso de Crédito Comfamiliar:

Sedes: https://comfamiliar.com/?servicios-y-canales=credito 

Si. Siempre y cuando entre ambos padres no superen el tope salarial de los 4 SMMLV. En ese caso, el beneficiario sólo recibirá subsidio familiar por parte de la madre.

En caso de que la sumatoria de ambos padres superen el tope salarial de los 6 SMMLV, no se adquiere derecho al pago del subsidio familiar.

Sí. Cada uno de los padres debe realizar el trámite de afiliación por dicha persona a cargo.

No. Los trabajadores sin personas a cargo, no reciben subsidio en dinero, pero tienen derecho a disfrutar de los servicios de la Caja de Compensación, según su categoría tarifaria y presentando su documento de identidad.

Éste se puede dar en dos eventos: cuando fallece el trabajador o la persona a cargo que esté recibiendo subsidio familiar.

En caso de muerte del trabajador, se continuará pagando el subsidio familiar durante 12 meses, a la persona que acredite tener el sostenimiento y cuidado de las personas a cargo beneficiarias de la cuota monetaria.


En caso de muerte de la persona a cargo, se pagará siempre y cuando la persona a cargo estuviese recibiendo Subsidio Familiar al momento del fallecimiento. Se entregará un solo pago con un equivalente a 12 veces la cuota monetaria.
Para ampliar más la información, le invitamos a visitar el siguiente enlace web: https://comfamiliar.com/aportes-y-subsidios/subsidios/

Se deberá notificar la novedad al proceso de Aportes y Subsidio en la mayor brevedad posible, en caso de que se vaya a realizar la solicitud de subsidio por fallecimiento se realizar la siguiente gestión:

En caso de muerte del trabajador: Diligenciar el formulario de Solicitud de Subsidio Extraordinario por Fallecimiento del Trabajador al cual podrá acceder en el siguiente enlace web: https://forms.zohopublic.com/Empresarial/form/SoliictudSubsidioFallecimiento/formperma/AXoIzsQoI6y13WmQAEgXCHmyjYWhwq7MjKXkMaXE56I y adjuntar la siguiente documentación:

  • Fotocopia de cédula por ambos lados del solicitante.
  • Registro civil de defunción.
  • Registro civil de nacimiento de los hijos.
  • Registro civil de nacimiento del trabajador en caso de tener los padres afiliados.
  • Fotocopia de cédula por ambos lados del trabajador.
  • Registro civil de matrimonio en caso de haber estado casado.

Nota. Todos los documentos deben ser legibles, tener en cuenta que los certificados de registro civil de nacimiento o de defunción no son documentos válidos para la solicitud.

En caso de muerte de persona a cargo: Diligenciar el formulario de Solicitud de Subsidio Extraordinario por Fallecimiento de Personas a Cargo al cual podrá acceder en el siguiente enlace web: https://forms.zohopublic.com/Empresarial/form/SolicituddeSubsidioExtraordinarioporFallecimientod/formperma/I8q6LfeC6Pd0xLzke0ZPxrYEV4v5485hYuZSzGEHXog y adjuntar la siguiente documentación:

  • Registro civil de defunción.
  • Registro civil de nacimiento del trabajador (en caso de fallecimiento de padre/madre).
  • Registro civil de nacimiento del hijo(a) (en caso de fallecimiento de hijo(a)).
  • Documento de identidad por ambos lados de la persona que falleció.
  • Fotocopia de cédula por ambos lados del trabajador.
  • Fotocopia de cédula por ambos lados del solicitante.

Nota. Todos los documentos deben ser legibles, tener en cuenta que los certificados de registro civil de nacimiento o de defunción no son documentos válidos para la solicitud.

En ambos casos, al correo electrónico registrado en el formulario de la solicitud se brindará respuesta del trámite.

Por hijos, hijastros, hermanos huérfanos de padre y madre o dependientes por custodia, desde los 12 años cumplidos y hasta los 18 años cumplidos para acreditación del pago del subsidio familiar.

Para la presentación anual, el certificado debe entregarse una vez al año, antes del 10 de marzo del año en curso. En cuanto a la presentación semestral, los certificados deben presentarse dos veces al año: antes del 10 de marzo y antes del 10 de agosto. Es importante destacar que, para la entrega de agosto, el certificado debe contar con una fecha de expedición actualizada. Finalmente, para la presentación trimestral, los certificados deben entregarse cuatro veces al año, antes de las siguientes fechas: 10 de mayo, 10 de agosto, 10 de noviembre, y 10 de febrero del año siguiente. Es importante destacar que, para cada entrega, el certificado debe contar con una fecha de expedición actualizada.

De manera presencial en cualquiera de nuestras sedes de Aportes y Subsidio. La información sobre ubicación de las sedes así como cada uno de sus horarios podrán ser consultados por el siguiente enlace web: https://comfamiliar.com/atencion-al-usuario/servicios-y-canales-de-atencion/.  

El certificado escolar también puede ser enviado por medio de la página web https://transacciones.comfamiliar.com/login, ingresando por la opción de “Enviar Certificado de Estudio”, o también puede ser enviado en formato PDF a nuestro correo electrónico aportes@comfamiliar.com

Certificado emitido por la institución educativa aprobada por el Ministerio de Educación Nacional, el comprobante de pago y legalización de la matrícula, o el último boletín de notas del periodo lectivo correspondiente.

No. Se empieza a pagar a partir de la fecha de presentación del certificado escolar.

Se suspende el derecho al pago del subsidio familiar, sin retroactividad.

No. A partir de los 19 años cumplidos y hasta los 23 años cumplidos, la persona a cargo ya no recibe Subsidio Familiar en dinero ni Kit Escolar, de manera que ya no es necesario presentarlo para continuar recibiendo los beneficios en los servicios de Comfamiliar Risaralda de acuerdo a la categoría tarifaria.

Durante los primeros cinco días hábiles de cada mes. Tenga en cuenta que el pago del subsidio familiar es vencido, por ejemplo; el subsidio que se consigna los primeros cinco días de marzo corresponde al mes de enero.

Enviando el certificado de Daviplata del titular del subsidio familiar (no certificado tributario) al correo electrónico aportes@comfamiliar.com o presentándose en cualquiera de nuestras sedes de Aportes y Subsidio.

Por medio de nuestros canales de atención, línea telefónica 3135700 opción 2, al correo electrónico aportes@comfamiliar.com, chatbot 3172449933 o de manera presencial en cualquiera de nuestras sedes de Aportes y Subsidio donde nuestros asesores estarán prestos a validar el caso y resolver todas sus inquietudes. La información sobre ubicación de las sedes así como cada uno de sus horarios podrán ser consultados por el siguiente enlace web: https://comfamiliar.com/atencion-al-usuario/servicios-y-canales-de-atencion/ 

La oficina principal de Aportes y Subsidio de Comfamiliar Risaralda se encuentra ubicada en la Calle 22 #4 – 40, Bloque 5, Piso 1. El horario de atención es de lunes a jueves de 8:00 am a 4:30 pm en jornada continua y los viernes de 8:00 am a 3:30 pm en jornada continua (días hábiles).

El horario de atención es de lunes a jueves de 8:00 am a 12:00 pm y de 1:00 pm a 4:30 pm y los viernes de 8:00 am a 12:00 pm y de 1:00 pm a 3:30 pm (días hábiles).

El horario de atención es de lunes a jueves de 7:00 am a 5:00 pm en jornada continua y los viernes de 7:00 am a 4:00 pm en jornada continúa (días hábiles).

Bajo el artículo 8 de Ley 2225 del 30 de junio del 2022 y Resolución 2646 de 2024, se comenzó a implementar el subsidio para cónyuges o compañeros permanentes cuidadores de personas a cargo en condición de discapacidad. Para este subsidio podrá acceder el cónyuge o compañero registrado en el grupo familiar del trabajador dependiente con salario inferior a dos salarios mínimos legales mensuales vigentes (S.M.L.M.V), que realicen actividades de cuidado respecto de cualquier persona a cargo en condición de discapacidad del trabajador. Recibirá el valor correspondiente a una cuota de subsidio familiar.

  1. La remuneración mensual fija o variable del trabajador afiliado no supere los dos (2) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
  2. Tener afiliado(a), el cónyuge o compañero(a) permanente dentro del grupo familiar del trabajador.
  3. El cónyuge o compañero(a) permanente del trabajador afiliado, no cuente con vinculación laboral o ingreso alguno.
  4. Declaración juramentada- Beneficiario cónyuge cuidador (descarga el documento por medio del siguiente enlace web: https://comfamiliar.com/wp-content/uploads/2025/10/Formato-Declaracion-Juramentada-Logo-Comfamiliar.pdf)
  5. La persona sujeta de cuidado o asistencia personal deberá estar registrada en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad (RLCPD), en el cual se registrará la información de los cuidadores o asistentes personales de las personas en condición de discapacidad.
  6. El cuidador o asistente personal debe acreditar la mayoría de edad mediante la presentación de su documento de identidad.
  7. Según la Resolución 3126 del 22 de julio de 2025, expedida por el Ministerio del Trabajo «Para efectos de la entrega de este beneficio, será necesario tener la certeza médica expedida por la EPS, IPS o entidad competente, sobre la situación de discapacidad de la persona que requiere asistencia en actividades de higiene, aseo o alimentación, ayuda en la administración de medicamentos por vía oral. Labores que pueden ser desempeñadas por un cuidador, que para efectos de la presente Ley es el cónyuge o compañero permanente».

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